Casación No. 392-2010

Sentencia del 20/07/2011

“...De esa cuenta, esta Cámara concluye que los argumentos de la casacionista son equivocados al plantear el submotivo de error de hecho, ya que insiste en señalar que la Sala sentenciadora no les otorgó el valor probatorio a los documentos que demostraban sus afirmaciones durante la dilación del proceso contencioso administrativo, lo cual es antitécnico para denunciar el submotivo de error de hecho en la apreciación de las pruebas, por lo que el planteamiento del recurso de casación bajo esos términos es defectuoso. Este criterio ha sido sostenido por esta Cámara en las sentencias de los recursos de casación 296-2006, 498-2006, 58-2009, 533-2009 y 598-2009.
Aunado a lo anterior, esta Cámara advierte que la recurrente defiende los ajustes formulados, haciendo un análisis jurídico sobre los fundamentos en que se apoyan tales reclamos, sin embargo lo hace dentro del submotivo de error de hecho, lo cual constituye otra equivocación, pues en esta clase de error, se ataca cuestiones puramente fácticas y no fundamentos jurídicos, puesto que la ley ha contemplado para este efecto otros submotivos...”